CAPÍTULO VII Cooperación y coherencia
Artículo 72. Procedimiento
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1. El Comité tomará sus decisiones por mayoría simple de sus miembros, salvo que el presente Reglamento disponga otra cosa.
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2. El Comité adoptará su reglamento interno por mayoría de dos tercios de sus miembros y organizará sus disposiciones de funcionamiento.
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Artículo 73. Presidencia